Acta constitutiva, estatutos sociales o contrato social de sociedad anónima de capital variable

Actualizado aOctubre 2018

Contrato de Sociedad Anónima de Capital Variable que otorgan los CC. ________________________________________, quienes se sujetan al contenido en los siguientes:

ESTATUTOS

DENOMINACIÓN

CLÁUSULA PRIMERA. La sociedad se denominará "________________________________" esta denominación esta seguida de las palabras "Sociedad Anónima de Capital Variable", o de su abreviatura "S.A. de C.V.".

DOMICILIO

CLÁUSLA SEGUNDA. El domicilio de la sociedad es _______________________________.

La sociedad podrá establecer agencias, sucursales u oficinas en cualquier lugar de la Republica Mexicana o del extranjero y pactar domicilios convencionales, sin que se entienda cambiado su domicilio social.

OBJETO

CLÁUSULA TERCERA. La sociedad tendrá por objeto:

a. _________________________________________.

b. _________________________________________.

c. _________________________________________.

d. _________________________________________.

DURACIÓN

CLÁUSULA CUARTA. La duración de la sociedad será por un plazo de ______________________ años, contados a partir de la fecha de firma de su escritura constitutiva.

NACIONALIDAD

CLÁUSULA QUINTA. La sociedad será mexicana y se constituye conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos.

CAPITAL SOCIAL Y ACIONES

CLÁUSULA SEXTA. El capital social deberá estar suscrito en su mayoría por personas de nacionalidad mexicana; al efecto, la sociedad deberá emitir cuando menos dos series de acciones: serie "A" que podrá suscribir y poseer solamente personas de nacionalidad mexicana y que comprenderá como mínimo del 51% del capital social, y la Serie "B" que podrá ser suscrita y pagada por personas de cualquier nacionalidad.

La participación de la inversión extranjera en los órganos de administración de la sociedad no podrá exceder de su participación en el capital. Esta sociedad se regirá también por la Ley de Inversión Extrajera y por el Reglamento de la misma.

CLÁUSULA SÉPTIMA. El capital de la sociedad es variable, representado por acciones nominativas cada una con valor nominal de $_____________ (_______________________________). El capital mínimo fijo sin derecho a retiro es la cantidad de $_______________ (_____________________________), representado por __________________ acciones totalmente suscritas y pagadas, y el capital autorizado será por cantidad ilimitada. El capital será susceptible de aumento por: aportaciones posteriores de los accionistas o admisión de nuevos socios o por capitalización de reservas o utilidades de la sociedad. El capital podrá disminuirse por retiro parcial o total de las aportaciones. Los aumentos o disminuciones se realizarán de acuerdo con lo estipulado.

Todo aumento o disminución del capital social, requiere de una resolución tomada por una asamblea extraordinaria de accionistas y el aumento o disminución deberá inscribirse en el libro de registro de variaciones de capital que la sociedad deberá llevar conforme a lo dispuesto.

CLÁUSULA OCTAVA. Las acciones en que se divide el capital social estarán representadas por títulos que servirán para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio. Mientras se entregan los títulos definitivos, la sociedad podrá expedir certificados provisionales que serán siempre nominativos y que deberán canjearse por lo títulos definitivos, en su oportunidad.

CLÁUSULA NOVENA. Los accionistas gozarán del derecho de preferencia en caso de que alguno de los accionistas quisiera vender parte o la totalidad de las acciones de que sean titulares de la sociedad.

Para el ejercicio de dicho derecho, al accionista que ponga a la venta las citadas acciones, deberá notificar al Administrador Único o al Consejo de Administración por conducto de su Secretario, las condiciones en las que hace el ofrecimiento respectivo.

CLÁUSULA DÉCIMA. La sociedad contará con un Libro de Registro de Accionistas que podrá ser llevado por la propia sociedad o por una institución de crédito como agente registrador por cuenta y a nombre de la sociedad, en el que se inscribirán todas las operaciones de suscripción, adquisición o transmisión de que sean objeto las acciones representativas del capital social, dentro de los _________________ días siguientes a la fecha en que se efectúen dichas transacciones, con expresión del suscriptor o poseedor anterior y/o cedente de las mismas, así como día del cesionario, nuevo suscriptor adquirente.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. La sociedad considerará como dueño de las acciones representativas del capital social a la persona registrada como tal en el Libro de Registro de Accionistas. Todas las acciones tendrán el mismo valor nominal y conferirán a sus poseedores iguales derechos y obligaciones.

CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. En caso de aumento de capital social mediante nuevas aportaciones, los tenedores de acciones tendrán derecho preferente para suscribir las nuevas acciones que se emitan, en proporción al número de las acciones de que sean tenedores al momento de ejercer su derecho.

En caso de que después de la expiración del plazo durante el cual los accionistas debieren ejercer los derecho de preferencia que se les otorgan en este artículo aún quedaren sin suscribir o venderse algunas acciones, el consejo de administración o el administrador único, en su caso, ofrecerá a cualesquiera terceros interesados tales acciones para sus suscripción y pago, a condición de que, en...

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