Incidente de oposición en contra del albacea definitivo a su rendicion de cuentas de la administración

Actualizado aSeptiembre 2020

JUICIO INTESTAMENTARIO

TERCERA SECCION

EXPEDIENTE NÚMERO: ___________

SECRETARIA: _____

CIUDADANO JUEZ ____ DE LO FAMILIAR

DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA CIUDAD DE MEXICO

_______________________________, promoviendo con la personalidad que tengo reconocida, dentro de la tercera sección del juicio intestamentario _________ de este juzgado, ante usted con el debido respeto, comparezco y expongo lo siguiente:

Con motivo que en fecha _____de ________ del año en curso, me fue notificado el auto de fecha _____ de_______ de _________, el que dispone que con fundamento en los artículos 22 Bis y 76 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, se tiene por presentada al albacea definitivo rindiendo las cuentas de administración respecto de _____________ denominado _______________, pertenecientes al acervo hereditario y correspondientes al periodo de los meses de ________________ a ___________ del año próximo pasado y con el mismo dése vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho corresponda; con fundamento en los artículos 848, 858 y 867 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, vengo a promover INCIDENTE DE OPOSICION EN CONTRA DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE ADMINISTRACIÓN DE LA HERENCIA, para el efecto de que se niegue la aprobación solicitada por el albacea definitivo, fundándome en lo siguientes:

H E C H O S

  1. - En efecto consta en autos de la tercera sección del expediente en que se promueve, que el albacea definitivo rindió cuentas de administración del total de los bienes que pertenecen al acervo hereditario correspondiente a los meses de _______ a _______ del año __________.

  2. - De inmediato y como consta de la fecha de presentación del escrito de rendición de cuentas de administración, hecha por el albacea definitivo, tal escrito fue presentado en forma extemporánea, contraviniendo lo dispuesto por el artículo 829 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

  3. - Así mismo el albacea definitivo, incurre en el incumplimiento a lo ordenado en el articulo 858 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en el que se le impone en forma imperativa la obligación ineludible de rendir cuentas de administración cada cuatro meses, a partir de la aceptación de su cargo, y en el caso del albacea lo hace en forma irregular y rindiendo cuentas de los ____ meses comprendidos de ______ a ______ del año próximo pasado, por lo que tampoco reúne...

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