Contestación de demanda oral mercantil por nulidad absoluta de cargos efectuados a una tarjeta de crédito

Actualizado aSeptiembre 2018

JUICIO ORAL MERCANTIL

EXP. _____________________

CIUDADANO JUEZ ________ DE DISTRITO

EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MEXICO

_________________________, Licenciado en Derecho, con cédula profesional número________________________, en mi carácter de apoderado Legal de la Institución Bancaria _______________________________, personalidad que acreditada con el testimonio de poder de la escritura pública número________, otorgada ante el Notario Público número ___________de esta ciudad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el _____________________ de esta ciudad y autorizando para oírlas al Licenciado _________________, ante Usted con el debido respeto comparezco para manifestar:

Que encontrándome dentro del término de nueve días que me fue concedido en auto del día ___________________ del mes en curso, notificado el día ______________ del actual, vengo a producir mi contestación a la demanda instaurada en contra de mi representada en la siguiente forma:

CONTESTACIÓN A LAS PRESTACIONES:

  1. - Niego acción y derecho a la parte enjuiciante para demandar de mi representada la declaración judicial de nulidad de los pagarés a que se refiere en la correlativa prestación, ello en atención a que los mismos contienen todos y cada uno de los requisitos de ley y se encuentran amparados por la tarjeta de crédito número ____________, actualmente la número _______________, por la cantidad total de $____________________ (________________________), ello en atención a que la tarjeta se entregó a la enjuiciante para su entero cuidado y resguardo, destacando que la misma no estaba reportada al momento de efectuarse los consumos que ahora se desconocen.

  2. - Niego acción y derecho a la parte actora para reclamar la cancelación de intereses y demás accesorios, lo anterior toda vez que no existe causa legítima para reclamar dicha prestación.

  3. - Niego acción y derecho a la parte actora para reclamar la gestión de cancelación ante el Buró de Crédito, ello en atención a que no existe causa que lo amerite.

  4. - Por lo que a gastos y costas se refiere, manifiesto que los mismos deberán ser pagados por la parte actora, en atención a la temeridad y mala fe con que actúa.

    CONTESTACIÓN A LOS HECHOS

  5. - Es cierto que mi mandante celebró con la actora el contrato que se indica, destacando que la misma actora reconoce que le fue entregada su tarjeta bancaria.

  6. - Es falso el correlativo, lo anterior en atención a que el reporte se realizó después de realizados los cargos ahora reclamados.

  7. - Es falso que los cargos reclamados no hayan sido realizados por la actora pues la misma enjuiciante reconoce que siempre ha estado en posesión de su tarjeta, lo que implica que ella fue quien realizó los cargos reclamados.

  8. - Es cierto lo relativo al procedimiento ante la _______________________, destacando que mi representada como apoyo al cliente abonó algunos de los cargos objetados; sin embargo, es falso lo relativo a que la parte actora no realizó los consumos que impugna, pues los mismos fueron verificados antes de que se reportara la tarjeta bancaria, lo que implica que al momento de registrarse dichos cargos la citada tarjeta estaba en posesión de la hoy actora.

    Asimismo, es falso que los cargos reclamados sean indebidos y que estén afectados de nulidad, lo anterior porque los pagarés (Boucher), citados por la parte contraria, contienen todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, pues los mismos se encuentran respaldados por la tarjeta bancaria que quedó bajo resguardo de la enjuiciante y porque, al momento de realizarse los cargos reclamados, dicha tarjeta no estaba reportada como robada o extraviada, situación que implica que entonces la parte actora estaba en posesión de la misma, lo cual, de forma lógica e inconcusa, implica que los consumos registrados sean responsabilidad del titular de la tarjeta, circunstancias que evidencian que es falso que mi mandante haya violentado, en perjuicio de la actora, las disposiciones legales invocadas en el hecho que nos ocupa.

    Ahora bien, en el supuesto sin conceder que la firma que calzan los pagarés de marras no haya sido puesta del puño y letra de la parte actora, dicha circunstancia no implica que mi mandante sea responsable, ello porque quienes tienen la obligación de cotejar la firma de los Boucher, contra la que obra al reverso de la tarjeta que se les presenta, son los comercios donde se realizan las compras o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR