Contestacion de la demanda de interdicto de retener la posesion

Actualizado aEnero 2019

EXPEDIENTE NÚM. __________

CIUDADANO JUEZ _______DE LO CIVIL

DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA CIUDAD DE MEXICO

__________________, por mi propio derecho en términos de lo ordenado por su Señoría en el auto de inicio de señalar domicilio para recibir notificaciones sito los Estrados de este Honorable Juzgado y autorizando para que en nombre y representación del suscrito en términos del artículo 112 del Código Adjetivo Civil, reciban y oigan todo tipo de notificaciones a los C.C. Licenciados _________________________; ante usted con el debido respeto comparezco y manifiesto:

Que, vengo por medio del presente escrito y con fundamento en los artículos 35, 95, 260, 266 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles Vigente, A DAR CONTESTACIÓN EN FORMA CAUTELAR a la demanda planteada en contra del ocursante por el Señor _________________, en su supuesto carácter de cesionario de derechos hereditarios, en forma onerosa, del Juicio Intestamentario a bienes de la Señora _______________; contestación que realizó en forma cautelar en virtud de que la parte actora, carece de toda legitimidad a la causa y al proceso para el ejercicio de la acción intentada en el presente juicio, ya que como se manifestara en forma específica y será, la sucesión intestamentaria a bienes de la Señora ___________________, desde su inicio careció de bienes muebles o inmuebles, derechos reales o litigioso; pues en la práctica dentro de esta sucesión únicamente fue inventariado el renglón correspondiente a documentos, escrituras y papeles de importancia y, en este se hizo referencia de una escritura privada. Documentos estos que de ninguna manera pueden dar origen a derecho alguno sobre la propiedad y/o tenencia de los bienes y muebles que amparan, pues de sostener lo contrario se estaría vulnerando los derechos de sus legítimos propietarios y/o tenedores.

Amen, de que la acción interdictal de retener la posesión, que ejercita el actor, en el presente caso resulta ser a todas luces IMPROCEDENTE; a virtud de que, la Sentencia que decida un juicio plenario de posesión producirá la EXCEPCION DE COSA JUZGADA; lo que se actualiza en el presente caso con el hecho de que existe sentencia derivada de un juicio plenario de posesión que previamente plantee en contra del hoy Actor y de su Esposa, misma sentencia que resulto adversa a los intereses del hoy actor; consecuentemente debe de aplicarse en perjuicio del actor lo instituido por el ya invocado cuerpo legal, consistente en la prohibición expresa por parte de la ley de que, quien ha sido vencido (como lo es hoy el actor) en juicio plenario de posesión NO PUEDE HACER USO DE LOS INTERDICTOS DE RETENER O RECUPERAR LA POSESIÓN RESPECTO DEL MISMO BIEN. En tales condiciones debe declararse que tanto la acción ejercitada por el actor es improcedente al igual que las prestaciones que reclama, pues en ambos juicios el bien inmueble en controversia resulta ser el mismo.

HECHOS

1. - Por lo que hace al punto correlativo del capítulo de hechos de la Demanda que por este medio se contesta, refiero que por cuestión de metodología, divido a este hecho en cuatro incisos o situaciones, diversas la una con la otra y procedo a su contestación en los términos siguientes:

A).- Por lo que hace a la inexistencia de la Escritura pública de Cesión de Derechos Hereditarios, que hace mención el Actor. Por no ser un hecho propio atribuible al Suscrito ni lo afirmo ni lo niego.

Pero lo anterior no impide que el suscrito manifieste la siguiente observación, pues de acuerdo a las constancias que el actor anexa a su escrito de demanda, estimo que existe en su perjuicio.

FALTA DE LEGITIMACION DEL ACTOR A VIRTUD DE QUE SE OSTENTA COMO CESIONARIO DE DERECHOS HEREDITARIOS (EN FORMA ONEROSA), del Juicio Intestamentario a Bienes de la Señora ____________________, los cuales afirma le fueron otorgados mediante Escritura Pública por el Señor ___________________, ya que como consta de los documentos públicos que como anexos exhibió agregados a su escrito inicial de demanda, específicamente por lo hace a las copias certificadas, relativas al expediente ___________ del Juicio Intestamentario promovido por ______________________ a bienes de ___________________, de dichas constancias se observa la existencia de un Inventario dentro del cual no se aprecia derechos activos o pasivos a favor de la Sucesión, es decir no existen bienes, ni muebles ni inmuebles, que conformen el Acervo Hereditario, únicamente documentos, escrituras y papeles de importancia, consistentes en un escritura y un Contrato Privado de Compra-Venta; inventario que fue aprobado Judicialmente en los términos presentados mediante auto de fecha ______________________, con la consecuencia de condenar a los interesados y al representante social a pesar por dicho auto en todo tiempo y lugar como si se tratara de cosa Juzgada.

NULIDAD.- Por lo tanto, si el actor mediante escritura pública de fecha ______________________, adquirió mediante contrato, en la cual se enajenaron los derechos hereditarios del Señor _________________, vía cesión de derechos en forma onerosa , es indudable que la misma enajenación y cesión de derechos, desde su inicio careció de objeto o materia del Contrato, pues como se ha dicho, si bien es cierto el Señor _________________ fue reconocido y declarado como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a bienes de la extinta _____________________, también es cierto que el nombrado _____________________, presento ante la autoridad Judicial, que tomo conociendo de la Sucesión Intestamentario, el Inventario y Avaluó correspondiente y en el mismo, tal y como consta en autos, no se aprecia Bien Mueble o Inmueble alguno que conformen el Acervo Hereditario, únicamente se aprecia la existencia de documentos; por lo tanto de estos documentos no puede decirse, que exista derecho alguno sobre los Bienes que amparan los mismos, a favor de la Sucesión Intestamentaria de marras, sino que, por el contrario se insiste, dicha sucesión carece de todos bienes y derechos a los mismos, por no constar en el multicitado Inventario, y si por el Contrato consta que el multireferido Inventario fue aprobado en todos sus términos y por ende, la consecuencia legal del mismo es que, todas las partes interesadas, incluyendo el representante social, pasen por el Inventario y Avaluó mencionado, como y con la eficacia de Cosa Juzgada.

INEFICACIA.- De lo anterior, obtenemos una ineficacia del contrato de cesión de derechos hereditario, pues esta adolece del presupuesto de naturaleza extrínseca, como lo es, el Poder de disposición por parte del Cedente de los bienes objeto del derecho cedido, poder que consiste en que el contratante este habilitado por ley, para poder privarse del Bien que es materia del contrato, originando así la falta de otro presupuesto de naturaleza extrínseca que es, la falta de legitimación de una cosa ajena, ya que como se ha mencionado los bienes enlistados en la cesión de derechos hereditarios, no pertenecen a la esfera jurídica del cedente y por lo tanto, no puede considerarse como valida la enajenación que al respecto se haya hecho, en contra de la voluntad de los verdaderos dueños y/o poseedores, ya que dicha enajenación no puede ser impuesta al dueño o poseedor verdadero por lo que el contrato no puede surtir plenos efectos jurídicos. Todo lo anterior, basado en el...

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