Contrato de confidencialidad I

Actualizado aOctubre 2018

Se presentan el Sr. ________________________, de estado civil _________________, de profesión ______________________, quien acredita su identidad con __________________, y el Sr. ___________________________, de estado civil _________________________, de profesión, quienes convienen concertar el presente contrato de confidencialidad, el que se sujeta a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERO. Las partes suscriben el presente contrato con el objeto de comprometerse a guardar estricta reserva y secreto con relación a la información confidencial que se suministren recíprocamente en este acto o en actos futuros.

En tal sentido, deberá entenderse por "información confidencial" toda la información que las partes se aprovisionen entre sí.

No podrá ser considerada como confidencial la información que sea susceptible de ser conocida mediante la utilización de canales regulares y legales de información ni la información que sea de público conocimiento.

De no ser así, se presume que toda información intercambiada entre las partes es confidencial, y debe adecuarse a lo establecido en el presente contrato, salvo que las partes expresen lo contrario.

SEGUNDO. De conformidad con la cláusula PRIMERA del presente contrato, la información confidencial que sea recibida por una de las partes será exclusiva y únicamente utilizada para los fines para los cuales fue suministrada y no podrá ser revelada a terceros salvo autorización expresa de la parte que suministró la información.

TERCERO. El presente contrato rige desde la fecha de su suscripción, y se aplicará inclusive respecto de las negociaciones que pudieran haber tenido las partes.

En caso las negociaciones no concluyan en la celebración de un contrato definitivo o el contrato definitivo sea resuelto antes de su fecha de vencimiento, la parte que recibió la información quedará obligada a respetar el carácter confidencial de la información que le fue suministrada por un período de _______________ años.

Concluida la etapa de negociaciones o la vigencia del contrato respectivo, las partes se harán automática devolución recíproca de la información suministrada que se encuentre en soportes materiales, quedando terminantemente prohibido que las partes custodien o resguarden para sí copias de la información suministrada.

CUARTO. En caso de...

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