Contrato de fianza

Actualizado aEnero 2019

CONTRATO DE FIANZA que celebran por una parte la persona moral denominada ______________ representada por _________________, a quien en lo sucesivo se le llamará “EL ACREEDOR”, por la otra el C._____________________ a quien se denominará “EL DEUDOR” y además el C._______________________, a quien se nombrará como “EL FIADOR”, mismo que se sujeta a las siguientes:

D E C L A R A C I O N E S

DECLARA EL ACREEDOR:

a).- Que su representada es una Sociedad ______ constituida conforme la legislación vigente, con domicilio en la calle _____________ de esta ciudad, que sus representantes están debidamente facultados para suscribir este Contrato

DECLARA EL DEUDOR

a).- Ser una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad, con capacidad legal; con domicilio en el número ___ de la calle ____________, colonia________ de esta ciudad.

b).- Que con fecha ___ de _____ del año_____, recibió de “El Acreedor”, en calidad de mutuo con interés, la cantidad de $_________, (_______ PESOS 00/100 M.N.), la cual se obligó a pagar improrrogablemente en el domicilio de éste el día____ de _____ del año_____; que se obligó a que un tercero afianzaría el cumplimiento de las obligaciones contraídas con “El Acreedor”.

DECLARA EL FIADOR

a).- Ser una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad, con domicilio en el número ___ de la calle ____________, colonia________ de esta ciudad.

b).- Que en virtud de que cuenta con capacidad legal para contratar y obligarse, así como amplia solvencia y bienes suficientes para responder de la obligación que garantiza, se constituye como fiador solidario y pagador de todas y cada una de las obligaciones que tiene “El Deudor” con “El Acreedor”.

DECLARAN LAS PARTES:

a).- Que desean celebrar Contrato de Fianza, de conformidad

Expuesto lo anterior, los comparecientes otorgan las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- CONSTITUCIÒN DE LA FIANZA.- Por este instrumento “El Fiador” manifiesta su conformidad para constituirse como fiador solidario y pagador respecto de las obligaciones que tiene “El Deudor” con “El Acreedor”, hasta por el importe total de la obligación principal que tiene el primero con éste último, y por todo el tiempo que subsista esa obligación, derivadas del contrato de mutuo con interés celebrado entre ambos; por lo cual constituye fianza siguiendo lo establecido.

SEGUNDA.- RENUNCIA DE DERECHOS.-El Fiador” renuncia al beneficio de orden señalado en el artículo 3263 del Código Civil local y que a la letra dice...

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