Amparo directo para solicitar la suspension de los actos reclamados

Actualizado aMayo 2020
  1. MAGISTRADO DE LA SALA

DEL H. SUPREMO TRIBUNAL

DE JUSTICIA EN _________________

P R E S E N T E

______________________ de generales conocidas y personalidad acreditada en el Toca Civil citado al rubro, ante usted con el debido respeto comparezco y exponer:

Que por medio del presente escrito, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 170 de la Ley de Amparo, presento demanda de amparo directo dirigida al Tribunal Colegiado en Turno del _____________y solicito la protección de la justicia federal contra actos suyos, derivados de la resolución que dictó el tila _________________________ en el presente Toca.

SUSPENSIÓN. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 128, 132, 190 y 191 de la Ley de Amparo, y ya que con ello no se contravienen disposiciones de orden público, ni se sigue perjuicio al interés social, solicito a usted la suspensión del acto reclamado, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan mientras se resuelve el fondo del amparo.

En virtud de lo expuesto y fundado, A USTED C. MAGISTRADO, atentamente pido:

PRIMERO. Se tenga por presentada con este escrito, la solicitud de amparo y la protección de la justicia federal.

SEGUNDO. Dé entrada a la demanda y me conceda la suspensión del acto reclamado, para los efectos indicados.

TERCERO. En su oportunidad, y al rendir el informe justificado, remita la demanda original al H. Tribunal Colegiado en turno en el estado, conjuntamente con los expedientes originales de Primera y Segunda Instancias.

PROTESTO LO NECESARIO.

____________, ___________ a ___________ de __________

______________________________

FIRMA

Jurisprudencia Relacionada

Época: Novena Época

Registro: 180238

Instancia: Primera Sala

Tipo de Tesis: Jurisprudencia

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo XX, Octubre de 2004

Materia(s): Común

Tesis: 1a./J. 61/2004

Página: 315

SUSPENSIÓN EN AMPARO DIRECTO. PARA QUE SURTA EFECTOS LA CAUCIÓN, SU MONTO DEBE RESPONDER ÚNICAMENTE POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIERAN CAUSARSE AL TERCERO PERJUDICADO CON ESA MEDIDA.

La suspensión de los actos reclamados en el juicio de amparo se constriñe a asegurar la efectividad de la justicia constitucional, mientras que la caución que se otorga para que surta efectos esa medida cautelar debe responder por los daños y perjuicios que pudieran causarse al tercero perjudicado si no se otorga la protección constitucional. En ese contexto, la suspensión no es una figura...

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